¿Sabías sobre las nuevas normativas solicitadas por la Seremi?
En Gemapro actualizamos nuestros diseños para poder estar acordes a los distintos requerimientos solicitados por la Seremi en las normativas vigentes en el DS.43.
Es importante que cada bodega para el almacenamiento de Residuos o Sustancias peligrosas cumplan lo estipulado de acuerdo en el DS43 o DS.148.
Por esto, Gemapro te pone al día con algunos detalles sobre las actualizaciones que se están implementando en nuestros diseños, para cubrir los requerimientos solicitados.
Algunas de las actualizaciones
Artículo 38
Deberán existir una o más puertas de escape distintas de la puerta de carga/descarga, con direcciones distintas.
En las instalaciones construidas a partir de la entrada en vigencia de este reglamento, la ubicación de estas puertas será de manera tal que desde cualquier punto al interior de la bodega, la distancia recorrida, no sea superior a 30 m, para bodegas con superficie hasta 2.500 m2 y 40 mts para bodegas sobre 2.500 m2.
Artículo 68
Las bodegas deberán contar con pasillos internos demarcados con líneas amarillas, con un ancho mínimo 1,2 mts, y en caso que por ellos circulen grúas horquillas u otros equipos de carga y descarga, deberán tener un ancho tal que la operación y tránsito se realicen en forma segura.
Las vías de ingreso, tránsito y evacuación deberán estar siempre despejadas, sin nada que las obstruya.
Acorde a los artículos mencionados, Gemapro propone sus modelos “mini galpón” para cubrir las necesidades de clientes y a la vez cumplir con los solicitado por la autoridad sanitaria.
Es importante mencionar qué, las bodegas para almacenar sustancias peligrosas que no cuenten con lo mencionado en los artículos, no podrán ser aprobadas por la Seremi.
Confía en Gemapro, expertos en calidad y servicio.